La Comisión de Justicia del Congreso local analiza reformas y adiciones al Código Civil del Estado de Guerrero para establecer como causales para la pérdida de la patria potestad la pederastia y la falta de suministro de alimentos.
Actualmente la mayoría de los casos de divorcio o separación producen conflictos, y lejos de realizar una tregua, se da una confrontación entre los padres, generando un ambiente propicio para utilizar a los hijos como instrumento de ataque hacia el conyugue a través de la manipulación y el desprestigio para romper el vínculo padre–hijo.
Actualmente en el Código Civil se señalan los delitos de violencia familiar, trata de personas, lesiones que ponen en peligro la vida del menor o delitos contra la libertad sexual por parte de quien ejerza la patria potestad o por la tolerancia para que otras personas lo hagan.
Con la reforma al artículo 622 del Código Civil del Estado, que es referente a la pérdida de la patria potestad, se pretende incluir como una causal el delito de pederastia, conducta delictiva que ya se prevé por nuestra Ley Sustantiva Penal Local.
Además de la pederastia, se propone adicionar una fracción VI en este artículo relativo a la pérdida de la patria potestad por la falta de suministro de alimentos, cuando éstos fuesen decretados de manera judicial mediante sentencia definitiva.
De aprobarse dicha adición, se considerará como causal para la pérdida de la potestad de los hijos no cumplir con el suministro de alimentos a pesar de ser decretado por un juez; sin embargo, la pérdida de la custodia no exime al deudor alimentario de proporcionarlos.
Dichas modificaciones al Código Civil son una prioridad para ajustarse a la realidad de convivencia humana, con el fin de proveer de seguridad jurídica y protección a los miembros del grupo familiar, principalmente la niñez.